Biblioteca OBINED

Toda la información sobre el estado actual de las políticas y prácticas educativas de los Estados Miembros de la Organización, además de sus sistemas educativos. Aquí podrá consultar documentos relacionados con la Estrategia de Integración Educativa (ESINED) y otros informes sobre la mejora de los currículos y la implementación de recursos educativos en las instituciones escolares de la región

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Chile. Ministerio de Educación   •   
s.f   •   
1 recurso en línea (52 páginas en PDF)
El objetivo central de la Política de Fortalecimiento de la Evaluación en Aula es avanzar hacia un uso más pedagógico de la evaluación, vinculada estrechamente a promover el desarrollo del aprendizaje, entendiéndola como un aspecto intrínseco de la enseñanza. Desde el Mineduc se busca impulsar, a través de esta Política, el fortalecimiento de la evaluación que realizan las y los docentes a través de la puesta en práctica de dos grandes ideas: un mayor uso formativo de la evaluación, incorporándola cada vez más a los procesos de enseñanza-aprendizaje, y La realización de una mejor evaluación sumativa, tanto en la calidad de su diseño como en su uso para fomentar la motivación y promover los aprendizajes.
Chile. Ministerio de Educación   •   
s.f   •   
1 recurso en línea (30 páginas en PDF)
El presente documento busca orientar respecto de la puesta en práctica del Decreto 67/2018, que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción para estudiantes de educación regular. Este decreto actualiza la normativa sobre evaluación (derogando los decretos 511/97, 112/99, 83/01); fue aprobado el 20 de febrero de 2018 y entra en vigencia en marzo del 2020. Esta normativa posee dos focos centrales. El primero supone avanzar hacia un mayor uso pedagógico de la evaluación dentro de la sala de clase y el segundo consiste en reducir la repitencia mediante un mayor acompañamiento a los estudiantes
España. Ministerio de Cultura   •   
1996   •   
1 recurso en línea (93 páginas en PDF)
Se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, que figura como anexo al presente Real Decreto legislativo.
República Dominicana. Ministerio de Educación   •   
1997   •   
1 recurso en línea (45 páginas en PDF)
La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional. Los asuntos específicos relacionados con la Educación Superior de leyes especiales, complementarias a la presente ley. A partir de la promulgación de la presente ley la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos se denominará Secretaría de Estado de Educación y Cultura. Esta ley regula las atribuciones de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura como representante del Estado en materia de la educación, de la cultura y del desarrollo científico y tecnológico del país en el ámbito de su jurisdicción.
España. Presidencia de la República   •   
2006   •   
1 recurso en línea (110 páginas en PDF)
Tres son los principios fundamentales que presiden esta Ley. El primero consiste en la exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo. Ya se ha aludido al desafío que esa exigencia implica para los sistemas educativos actuales y en concreto para el español. Tras haber conseguido que todos los jóvenes estén escolarizados hasta los dieciséis años de edad, el objetivo consiste ahora en mejorar los resultados generales y en reducir las todavía elevadas tasas de terminación de la educación básica sin titulación y de abandono temprano de los estudios. Se trata de conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de todas sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales para lo que necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus necesidades. Al mismo tiempo, se les debe garantizar una igualdad efectiva de oportunidades, prestando los apoyos necesarios, tanto al alumnado que lo requiera como a los centros en los que están escolarizados. En suma, se trata de mejorar el nivel educativo de todo el alumnado, conciliando la calidad de la educación con la equidad de su reparto. El segundo principio consiste en la necesidad de que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para conseguir ese objetivo tan ambicioso. La combinación de calidad y equidad que implica el principio anterior exige ineludiblemente la realización de un esfuerzo compartido. El principio del esfuerzo, que resulta indispensable para lograr una educación de calidad, debe aplicarse a todos los miembros de la comunidad educativa. Cada uno de ellos tendrá que realizar una contribución específica.
Chile. Ministerio de Educación   •   
2009   •   
1 recurso en línea ([28] páginas en PDF)
La presente ley regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa; fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de educación parvularia, básica y media; regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los establecimientos e instituciones educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo caracterizado por la equidad y calidad de su servicio.
Perú. Ministerio de Educación   •   
2012   •   
1 recurso en línea (61 páginas en PDF)
El presente Reglamento desarrolla las disposiciones, criterios, procesos y procedimientos contenidos en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, que establece los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano y regula las atribuciones y obligaciones del Estado, así como los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora. Rige todas las actividades educativas realizadas bajo los alcances de la Ley, dentro del territorio nacional, en los diferentes niveles de gobierno, por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Para efectos del presente Reglamento, cada vez que se haga referencia a la “Ley”, se entenderá que se trata de la Ley N.º 28044, Ley General de Educación.
Ecuador. Ministerio de Educación    •   
2017   •   
1 recurso en línea (6 páginas en PDF)
Acuerdo mediante el cual se expide el siguiente currículo integrado de alfabetización, y las adaptaciones curriculares del subnivel de básica superior de educación general básica y nivel de bachillerato para la educación extraordinaria de personas con escolaridad inconclusa con sus respectivas cargas horarias. El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto emitir el Currículo Integrado de Alfabetización; y las Adaptaciones curriculares para la Educación Extraordinaria de personas con escolaridad inconclusa correspondientes al subnivel de Básica Superior de Educación General Básica y nivel de Bachillerato, con sus respectivas mallas curriculares y cargas horarias.
Ecuador. Ministerio de Educación    •   
2016   •   
1 recurso en línea (7 páginas en PDF)
Acuerdo mediante el cual se expide los currículos de educación general básica para los subniveles de preparatoria, elemental, media y superior; y, el currículo de nivel de bachillerato general unificado, con sus respectivas cargas horarias. En dicho Acuerdo Ministerial se establecen los currículos de Educación General Básica para los subniveles de Preparatoria, Elemental, Media y Superior; y, para el nivel de Bachillerato General Unificado con sus respectivas cargas horarias, mismo que es de aplicación obligatoria en todo el Sistema Educativo Nacional; a partir de septiembre de 2016 en los establecimientos escolares con régimen Sierra y en el año lectivo 2017-2018 en los de régimen Costa. El documento se incluye como anexo integrante al presente Acuerdo Ministerial.