Reglamento del Trabajo Metodológico en la Educación Superior [Cubana]

La formación de los profesionales de nivel superior es el proceso que, de modo consciente y sobre bases científicas, se desarrolla en las instituciones de educación superior para garantizar la preparación integral de los estudiantes universitarios, que se concreta en una sólida formación científico-técnica, humanística y de altos valores ideológicos, políticos, éticos y estéticos, con el fin de lograr profesionales revolucionarios, cultos, competentes, independientes y creadores, para que puedan desempeñarse exitosamente en los diversos sectores de la economía y de la sociedad en general.

Fecha de Publicación

21 de junio de 2018

Extensión

1 recurso en línea ([64] páginas en PDF)

Idioma

Palabras Clave

Subdivisión general

Educación superior-Leyes y legislación-Cuba

Subdivisión geográfica

Subdivisión de forma

Subdivisión cronológica

ISBN

ISSN

1682-7511

Licencia CC

CC BY

Autor personal

Autor institucional o corporativo

Cuba. Ministerio de Justicia

Edición y reimpresión

País y lugar de publicación

La Habana, Cuba

Editorial o Editor

Gaceta Oficial de la República de Cuba

Fecha de actualización

24/01/2025

Formato

Texto (digital, ilustraciones, tablas, gráficas)

Serie

Otros autores participantes

No hay otros autores participantes asociados a este documento.

Nota general

Capítulo 1 GENERALIDADES: Sección Primera: De la sede central, los centros universitarios municipales y las filiales.-- Sección Segunda: De las modalidades de estudio y tipos de curso.-- Sección Tercera: Del plan de estudio.-- TRABAJO METODOLÓGICO: Sección Primera: De la realización del trabajo metodológico.-- Sección Segunda: De las formas y tipos del trabajo metodológico.-- Sección Tercera: Del centro rector y la comisión nacional de la carrera.-- Sección Cuarta: De la elaboración y aprobación de los planes de estudio.-- Sección Quinta: De las modificaciones a los planes de estudio.-- Sección Sexta.-- De las modificaciones al plan del proceso docente de los estudiantes con algún tipo de discapacidad.-- Sección Séptima: De las modificaciones al plan del proceso docente de los estudiantes atletas de alto rendimiento.-- Sección Octava: De la planificación y organización del proceso docente educativo.-- Sección Novena: Del control al proceso docente educativo.-- Sección Decima: De los documentos que avalan el trabajo metodológico.-- TRABAJO DOCENTE.-- EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES: Sección Primera: De la calificación.-- Sección Segunda: De la planificación, organización, elaboración y realización de las evaluaciones.-- Sección Tercera: De las asignaturas que no tienen previsto un acto de evaluación final.-- Sección Cuarta: Del examen final.-- Sección Quinta: De la defensa del trabajo de curso.-- Sección Sexta: De la evaluación final de la práctica laboral.-- Sección Séptima: De la calificación integral de la asignatura. Sección Octava: Del análisis del resultado de las evaluaciones.-- Sección Novena: Del análisis del resultado de las evaluaciones.-- Sección Décima: De la culminación de los estudios.-- Sección Décimo primera: De la repetición de los ejercicios de culminación de los estudios.-- TRABAJO CON LOS ALUMNOS Y AYUDANTES.-- DISPOSICIONES FINALES

ID único

PUBCAB1989